Información sobre la subvención
Inicio: 26 de enero de 2026
Fin: 2 de marzo de 2026 (hasta la 12.00h)
Presentación: aquí
Objeto
Serán subvencionables aquellos proyectos de plantas de producción de energía eléctrica y/o térmica a partir de energías renovables compuestos por una o varias instalaciones contempladas en la siguiente lista:
Instalaciones de producción de energía eléctrica o de cogeneración.
- Instalaciones de producción de energía eléctrica o de cogeneración a partir de biomasa.
- Instalaciones de producción de energía eléctrica o de cogeneración a partir de biogás.
- Instalaciones de producción de energía eléctrica a partir de energía eólica con almacenamiento eléctrico.
- Centrales hidroeléctricas con almacenamiento eléctrico.
- Instalaciones solares fotovoltaicas con almacenamiento eléctrico
Instalaciones de producción de energía térmica.
- Instalaciones de producción de energía térmica a partir de biomasa.
- Instalaciones de producción de energía térmica a partir de biogás.
- Instalaciones de producción de energía térmica a partir de geotermia o hidrotermia.
- Instalaciones de producción de energía térmica a partir de aerotermia.
- Instalaciones de producción de energía térmica a partir de energía solar con almacenamiento térmico.
Beneficiarios
Podrán obtener la condición de beneficiario personas jurídicas, públicas o privadas, así como las agrupaciones de personas jurídicas, tanto públicas como privadas, sin personalidad jurídica propia, siempre que realicen los proyectos o actividades que motivan la concesión de esta ayuda, según se indica en el artículo 6 de las bases reguladoras, siempre y cuando cumplan con los requisitos establecidos en el artículo 7
Cuantías
- Cuantía total de la convocatoria:50.000.000 mIllones de €.
- La ayuda total por beneficiario está limitada a 15 millones de € y se establece una inversión mínima de 50.000€.
En el Anexo III de la presente convocatoria se establece el método de cálculo para la determinación del importe de la ayuda final del proyecto.
Gastos subvencionables
Tendrán la consideración de gastos subvencionables aquellos gastos que satisfagan lo establecido en los artículos 8 y 9 de las bases reguladoras y el Anexo I de la presente convocatoria.
Plazo y presentación
Inicio: 26 de enero de 2026
Fin: 2 de marzo de 2026 (hasta las 12.00h)
Presentación: aquí
Documentación: consulta los documentos que deben acompañar a la solicitud en el anexo II.
Documentos de interés
Accede a los documentos de la convocatoria, a través de los siguientes enlaces:
Más información
Accede a más información a través de lo siguiente:
- Segunda Convocatoria del Programa de Incentivos para proyectos de producción de electricidad y calor a partir de energías renovables en sustitución de producción a partir de combustibles fósiles, en el marco del PRTR, financiado UE – NextGeneration EU –
- Webinar informativo sobre el programa de ayudas RENOCOGEN 2.
- PDF de la presentación aquí
Para cualquier duda o aclaración a través de los siguientes canales:
- Formulario de contacto https://www.idae.es/contacto, correo electrónico ciudadano@idae.es, Fax (91 523 04 14), WhatsApp (910 789 894), o llamada telefónica (913 146 673).
- Para cualquier duda o aclaración relacionada con alguna incidencia informática relacionada con la solicitud presentada, deben dirigirse a: soporteinformatico.renocogen@idae.es.



