Información sobre la subvención
Objeto
Subvencionar, en régimen de concurrencia no competitiva, a las asociaciones o fundaciones que tengan la consideración de entidades de protección animal, de acuerdo a lo establecido en la Ley 7/2023, de 28 de marzo, de protección de los derechos y el bienestar de los animales, para la financiación de determinados gastos corrientes, de naturaleza no inventariable, realizados en el desarrollo de su actividad.
Para más información sobre el objeto, consulta el artículo 1 de las bases reguladoras.
Entidades beneficiarias
- Entidades de protección animal: los centros de protección animal, las entidades gestoras de colonias felinas y las entidades que trabajan con casas de acogida de animales.
Para más información sobre beneficiarios, consulta los requisitos en el artículo 2 de las bases reguladoras.
Gastos subvencionables
Serán subvencionables los gastos corrientes de naturaleza no inventariable generados por las entidades de protección animal en el desarrollo de su actividad, entre el período de ejecución comprendido entre el 1 de junio de 2024 y el 1 de junio de 2025.
Para más información sobre los gastos subvencionables, consulta el artículo 3 de las bases reguladoras.
Cuantías
- Cuantía total de la convocatoria: 400.000 €.
- Cuantía para entidades de protección animal con centros de protección animal: 300.000 €. La cuantía máxima por cada centro de protección es de 30.000 €.
- Cuantía para entidades de protección animal gestoras de colonias felinas y/o entidades que trabajan con casas de acogida: 100.000 €. La cuantía máxima por cada entidad gestiona es de 3.000 €.
Para más información sobre cuantías, consulta el artículo 11 de las bases reguladoras y el artículo cuarto de la convocatoria.
Plazo y presentación
Para más información sobre presentación de solicitudes y documentación, consulta el artículo 6 de las bases reguladoras.
Documentos de interés
Accede a los documentos de la convocatoria, a través de los siguientes enlaces:
Más información
Para cualquier duda, póngase en contacto con el servicio de atención ciudadana:
- En el teléfono 922 239 500, de lunes a viernes, de 07:00 a 20:00 horas; y sábados de 08:00 a 15:00 horas.
- A través del formulario de contacto.
- Solicita cita previa con el Cabildo de Tenerife.



