Información sobre la subvención
Objeto
Concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la instalación de sistemas de generación de energía eléctrica mediante paneles fotovoltaicos destinados al autoconsumo en viviendas, de potencia igual o inferior a 10 kW, conectadas a la red de distribución, que se hallen en el territorio de la isla de La Palma, de conformidad con las modalidades de autoconsumo previstas en el artículo 4 del Real Decreto 244/2019, de 5 de abril.
Se incluyen las ampliaciones de instalaciones existentes siempre que supongan un incremento en la generación de energía. No se subvencionará la mera sustitución ni la reparación de elementos existentes, las cuales no serán subvencionables.
La vivienda respecto a la cual se solicita subvención será de su propiedad, ya sea de uso habitual o segunda vivienda. La vivienda se hallará en el ámbito territorial de la isla de La Palma.
En ningún caso se atenderá más de una solicitud por peticionario, ni las solicitudes cuyas instalaciones se vayan a materializar en edificaciones objeto de expediente de disciplina urbanística con orden de demolición del inmueble o de restablecimiento de la legalidad urbanística infringida que sean firmes en la vía administrativa.
Condiciones técnicas:
- Los módulos fotovoltaicos deberán estar homologados según la norma UNE-EN 61215 o equivalente, con eficiencia mínima de 22% de rendimiento.
- Los inversores deberán acreditar un rendimiento máximo europeo superior al 90% según norma UNE-EN 50530 o equivalente.
- Las instalaciones deberán ser ejecutadas por instaladores eléctricos autorizados, inscritos en el Registro Integrado Industrial, y cumplir con el Real Decreto 244/2019 y el Real Decreto 842/2002 (REBT) y demás normativa técnica aplicable. A estos efectos, tendrá la consideración de instalador, la persona que conste inscrito en el Registro Integrado Industrial adscrito al Ministerio competente vigente en el momento de la aprobación para efectuar instalaciones generadoras de Baja Tensión; realice la instalación y presente la documentación de la instalación en la Dirección General de Industria o competente en esta materia del Gobierno de Canarias.
Beneficiarios
Personas físicas propietarias de viviendas ubicadas en el territorio de la isla de La Palma, tanto de uso habitual como segunda vivienda, que no se encuentren incursas en las prohibiciones del artículo 13.2 y 13.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y que cumplan los requisitos establecidos en las Bases Reguladoras y en la convocatoria. No se atenderá más de una solicitud por peticionario.
Actuaciones subvencionables y cuantías
- Cuantía total de la convocatoria 171.316,96€
La cuantía de las subvenciones no excederá del 75% de la inversión subvencionable realizada, con un máximo de 2.950,00 € por beneficiario. En ningún caso el importe de la subvención, aisladamente o en concurrencia con otras ayudas, podrá superar el coste de la actividad subvencionada.
Plazo y presentación
Documentos de interés
Accede a los documentos de la convocatoria, a través de los siguientes enlaces:
- Extracto
- Convocatoria
- Resolución
- Anexo I Solicitud
- Anexo II Declaración responsable
- Anexo III Declaración otras ayudas
- Anexo IV Consentimiento Consulta Datos
- Anexo V Memoria Técnica Presupuestos
- Anexo VI Declaración Disciplina Urbanística
- Anexo VII bis Relación Gastos
- Anexo VII Cuenta Justificativa Simplificada
- Cartel publicidad Instalación Fotovoltaica
Más información
Para más información acceder:
Sede electrónica del cabildo de La Palma
Al teléfono 922.42.31.00
Mail: atencion.ciudadana@cablapalma.es



