Información sobre la subvención
Objeto
Concesión de las subvenciones destinadas a abaratar el sobrecoste de la extracción de agua de pozos y de galerías, de la desalación y/o de producción de aguas regeneradas para el riego agrícola en Canarias que tienen por finalidad:
a) Lograr una gestión eficiente del agua destinada al riego agrícola.
b) Garantizar la moderación de los precios del agua elevada desde pozos y galerías, desalinizada, regenerada o reutilizada, hasta alcanzar un nivel equivalente al resto del territorio nacional.
Para más información sobre el objeto, consulta el artículo 1 de las bases reguladoras.
Entidades beneficiarias
- Entidades públicas o privadas que suministren agua para riego agrícola de pozos, galerías, instalaciones de desalación de agua del mar y/o de producción de aguas regeneradas. Se incluyen: Entidades Locales, Corporaciones de derecho público, empresas públicas o heredamientos, comunidades de aguas canarias, y las comunidades de usuarios previstas en la legislación estatal de aguas.
- Personas físicas o jurídicas que produzcan agua para el riego agrícola. En el caso de las personas físicas deberán utilizar como mínimo un 75% del agua en su explotación agrícola
Para más información sobre los beneficiarios y requisitos que deben cumplir, consulta el artículo 6 de las bases reguladoras.
Cuantías
- Cuantía total de la convocatoria: 8.000.000 €
Para más información sobre las cuantías, consulta el artículo 4º de la convocatoria y el artículo 8 de las bases reguladoras.
Gastos subvencionables
Serán subvencionables los gastos que se señalan a continuación:
1. Los costes eléctricos derivados de la elevación de agua destinada al riego agrícola desde pozos y galerías o producida en instalaciones de desalación de agua del mar y/o de producción de aguas regeneradas, situadas en el territorio de la Comunidad Autónoma de Canarias.
2. Los costes generales vinculados a los siguientes conceptos hasta un máximo del 10% de la subvención concedida:
a) Gastos derivados del informe de auditoría exigido en la letra f) del artículo 7 de las presentes bases.
b) Gastos de tramitación de las transferencias bancarias a las personas regantes.
c) Gastos de personal imputado a la gestión de la subvención.
Para consultar la información sobre actuaciones subvencionables y gastos no subvencionables, consulta el artículo 3 y artículo 4 de las bases reguladoras.
Plazo y presentación
Para más información sobre el plazo de presentación de solicitudes y documentación, consulta los artículos 7 y 11 de las bases reguladoras.
Documentos de interés
Accede a los documentos de la convocatoria, a través de los siguientes enlaces:
Más información
Para cualquier duda sobre las bases o sobre la tramitación de solicitudes puede contactar directamente con la Consejería de Turismo y Empleo del Gobierno de Canarias pinchando aquí.
IMPORTANTE: Para que la consulta llegue al departamento correspondiente recuerde indicar en el apartado “procedimiento” el trámite 5246.



