Información sobre la subvención
Objeto
Subvencionar, en régimen de concurrencia competitiva, las instalaciones de energía solar fotovoltaica para autoconsumo en microempresas, pequeñas empresas, y en organizaciones privadas sin ánimo de lucro de Gran Canaria.
Para más información sobre el objeto, consulta la base 1ª de la convocatoria.
Entidades beneficiarias
- Personas físicas o jurídicas privadas, agrupaciones, comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que lleven a cabo la actuación subvencionada, tengan la condición de microempresas y pequeñas empresas, y desarrollen actividad económica en la isla de Gran Canaria.
- Entidades sin fines lucrativos, que estén legalmente constituidas y domiciliadas en la isla de Gran Canaria.
Para más información sobre beneficiarios, consulta la base 3ª de la convocatoria.
Gastos subvencionables
Serán subvencionables los gastos, realizados y pagados para realización de proyectos de instalación de energía solar fotovoltaica desde el 1 de enero de 2025 hasta la finalización del plazo de justificación o su ampliación.
Se entenderán, por gastos subvencionables del proyecto, aquellos que de manera indubitada respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada, que podrá incluir los siguientes conceptos: los costes de ejecución de la obra civil asociada a la actuación, los de adquisición de equipos y materiales, y los de montaje de las instalaciones.
NOTA: Las instalaciones para las que solicita la subvención deberán permanecer en la vivienda o edificio por un periodo de cinco años, desde la notificación de la resolución de abono de la subvención.
Para más información sobre los gastos subvencionables, consulta la base 7ª de la convocatoria.
Cuantías
- Cuantía total de la convocatoria: 125.000 €
- Cuantía por potencia: 500 € por kW, hasta un máximo de 4.000 €.
- Cuantía por capacidad de almacenamiento: 300€ por kWh, hasta un máximo de 1.000 €.
NOTA: la cuantía total de la subvención, teniendo en consideración los límites descritos, podrá alcanzar hasta un máximo de 5.000 €.
Para más información sobre la cuantía de la subvención, consulta la base 6ª de la convocatoria.
Plazo y presentación
Inicio: 12 de abril 2025
Fin: 31 de diciembre 2025
Presentación: aquí
Documentación: Las solicitudes deberán ir acompañadas de los documentos correspondientes en cada caso; que puede consultar en el apartado “Documentación Obligatoria” de este enlace.
Para más información sobre el plazo y la presentación de solicitudes, consulta la base 11ª de la convocatoria.
Documentos de interés
Accede a los documentos de la convocatoria, a través de los siguientes enlaces:
Más información
Accede a más información a través del siguiente enlace:
Subvención para el fomento de instalaciones de energía solar fotovoltaica en empresas y entidades sin ánimo de lucro para el año 2025
Para cualquier duda o aclaración puede dirigirse al Consejo Insular de la Energía de Gran Canaria (CIEGC) a través de los siguientes canales:
- Correo electrónico: subvenciones@energiagrancanaria.com
- Llamada telefónica: 928 39 97 13



