Información sobre la subvención
Objeto
Regular la concesión de ayudas económicas, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a contribuir a la eficiencia del sistema energético insular, reducir emisiones de CO2 y otros contaminantes, lograr una mayor autonomía energética y finalmente, promover el autoconsumo energético a través de instalación de energía solar fotovoltaica.
Para más información sobre el objeto de la convocatoria, consulta el artículo 1 de las bases.
Entidades beneficiarias
Personas jurídicas cuyas edificaciones en las que se plantean las instalaciones subvencionables se hallen en la isla de La Gomera.
Para más información sobre las entidades beneficiarias, consulta el artículo 2 de las bases.
Cuantía
- Cuantía total de la convocatoria: 100.000 €
- La cuantía máxima a conceder no excederá en ningún caso del 60% de la inversión realizada, no pudiendo ningún beneficiario/a obtener una subvención superior:
Modalidad 1: 6.000 € por instalación para la electrificación mediante energías renovables sin almacenamiento.
Modalidad 2: 14.000 € por instalación para la electrificación mediante energías renovables con almacenamiento.
Modalidad 3: 8.000 € por instalación para la incorporación de almacenamiento en instalaciones de autoconsumo existentes hasta un máximo de 20 kWh.
Para más información sobre la cuantía, consulta el artículo 4 de las bases.
Actuaciones subvencionables
Serán objeto a ayuda económica las siguientes instalaciones:
- Producción de energía eléctrica mediante paneles fotovoltaicos para el autoconsumo en edificaciones que, contando con conexión a la red de distribución eléctrica, deseen reducir el consumo y contribuir al ahorro energético en la Isla de La Gomera (se incluye en este punto la ampliación de instalaciones existentes).
- Producción de energía eléctrica mediante instalación fotovoltaica en edificaciones aisladas de la red eléctrica en la Isla de La Gomera (incluyendo ampliación de las existentes).
No se consideran actuaciones subvencionables las de reparación, ni las inversiones de simple sustitución que no supongan una reducción del consumo energético. Tampoco serán subvencionables la adquisición de las instalaciones o equipos mediante leasing, renting ni ninguna otra fórmula de arrendamiento en la que los bienes no sean propiedad del beneficiario.
Los gastos e inversiones para ser subvencionables deberán realizarse y pagarse entre el 1 de enero del año 2023, y la fecha de finalización del plazo de justificación de la subvención otorgada.
Para más información sobre las actuaciones y gastos subvencionables, consulta el artículo 7 de las bases.
Plazo y presentación
Documentos de interés
Accede a los documentos de la convocatoria, a través de los siguientes enlaces:
Más información
Accede a más información a través del siguiente enlace:
Para más información puede dirigirse al Cabildo Insular de La Gomera en C/ Profesor Armas Fernández, 2, San Sebastián De La Gomera, o al teléfono 922 14 01 00.



