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Ayudas y subvenciones

Baterías y pilas de combustible de hidrógeno PERTE-VEC (SEPIDES)

Convocatoria de concesión de ayudas del Ministerio de Hacienda a proyectos de producción de baterías y pilas de combustible de hidrógeno del vehículo eléctrico en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia en el año 2026.

Información sobre la subvención

Inicio: 7 de abril de 2026

Fin: 13 de abril de 2026 (13:00 hora canaria)

Presentación: aquí

Objeto

Concesión de ayudas a proyectos de producción de baterías y pilas de combustible de hidrógeno del vehículo eléctrico dentro del Proyecto Estratégico para la Recuperación y Transformación Económica en el sector del Vehículo Eléctrico y Conectado (PERTE VEC), en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia en el año 2026.

Las ayudas reguladas en esta convocatoria tendrán como finalidad incentivar los proyectos de inversión que añadan capacidad de fabricación para:

a) La producción, incluso con materias primas secundarias, de las tecnologías de baterías y de almacenamiento de energía, así como de tecnologías de hidrógeno, todas ellas exclusivamente destinadas al vehículo eléctrico.


b) La producción, incluso con materias primas secundarias, de los principales componentes específicos de las baterías y de las pilas de combustible de hidrógeno, todos ellos exclusivamente destinados al vehículo eléctrico.


c) La producción de las materias primas fundamentales conexas necesarias para la producción de los productos finales o los principales componentes específicos definidos en las letras a) y b) de este artículo.


d) La recuperación de las materias primas fundamentales conexas necesarias de baterías y pilas de combustible de hidrógeno de vehículos eléctricos, siempre y cuando dichas materias primas se empleen, al menos parcialmente, para la producción de las tecnologías de baterías y de almacenamiento de energía, así como de tecnologías de hidrógeno, o de sus principales componentes específicos.

Para más información sobre el objeto, consulta la disposición primera de la convocatoria.

Beneficiarios 

  • Sociedades mercantiles con personalidad jurídica propia, legalmente constituidas en cualquier Estado miembro de la Unión Europea y debidamente inscritas en el registro correspondiente, con independencia de su tamaño, que desarrollen una actividad industrial en alguno de los sectores recogidos en el Anexo I de la convocatoria, y que no formen parte del sector público.

Para más información sobre las obligaciones de los beneficiarios, consulta la disposición quinta de la convocatoria.

Prioridades temáticas y tipos de proyectos

Para ser considerado elegible, el proyecto desarrollará una actividad indubitadamente relacionada con alguna de las tecnologías elegibles incluidas en el Anexo II.A y estará enmarcado en una de las prioridades temáticas referenciadas en el Anexo II.B.

Serán susceptibles de ayudas las actuaciones que se enmarquen en alguno de los siguientes tipos de proyecto:

a) Creación de establecimientos industriales: inicio de una nueva actividad de producción en cualquier punto del territorio nacional.


b) Ampliaciones de la capacidad de producción instalada en centros de producción existentes, a través de la implantación de nuevas líneas de producción. Se entenderá por implantación de una nueva línea de producción la adquisición del conjunto de
equipos que permiten fabricar de forma autónoma un producto. Quedan fuera de esta definición las actuaciones sobre una línea existente, como pueden ser las sustituciones de maquinaria y elementos auxiliares de producción, las adaptaciones o mejoras de éstas.


c) Reconversión de líneas previamente existentes para la fabricación de productos que anteriormente no estuvieran en producción en la planta.

NOTA: Serán financiables las inversiones y gastos realizados desde el día siguiente a la presentación de la solicitud. El plazo máximo para realizar las inversiones será de 60 meses a partir de la resolución de concesión.

Para más información sobre las prioridades temáticas y los tipos de proyectos, consulta la disposición séptima de la convocatoria. Para conocer los gastos financiables, consulta la disposición octava.

Cuantías

  • Cuantía total de la convocatoria:  100.000.000 €.
  • Cuantía mínima por poryecto: 30.000.000 €.

Para más información sobre la financiación, límites, intensidades máximas y cuantía de la convocatoria, consulta la disposición undécima, decimotercera y decimoséptima.

Plazo y presentación

Inicio: 7 de abril de 2026

Fin: 13 de abril de 2026 (13:00 hora canaria)

Presentación: aquí

Documentación: cada solicitud de ayuda deberá constar de la documentación que se indica en este enlace.

Para más información sobre la presentación de solicitudes y la documentación requerida, consulta la disposición decimonovena y vigesimoprimera de la convocatoria.

Documentos de interés

Accede a los documentos de la convocatoria, a través de los siguientes enlaces:

Más información

Para más información, acceso a los siguientes enlaces:

Para cuestiones administrativas o de índole procedimental puede dirigirse al correo electrónico convocatorias.prtr.sepides@sepides.es

Para cuestiones informáticas puede dirigirse al teléfono 913 494 005 o al correo electrónico oficinavirtual@serviciosmin.gob.es

Nueva subvención
para vehículos eléctricos

Convocatoria para la concesión directa de ayudas a la adquisición en España de vehículos eléctricos y electrificados año 2026 para Linea 1.

Inicio: 04 de agosto de 2026
Fin: 31 de diciembre 2026