Información sobre la subvención
Fin: 25 de Julio de 2025
Presentación
Telemática: aquí
Presencial: En el registro del propio Ayuntamiento de Mazo situado en Plaza Pedro Pérez Díaz, nº1, 38730, o en las formas previstas en el art. 16.4 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común.
Objeto
Subvencionar, en régimen de concurrencia competitiva, el desarrollo de la energía fotovoltaica en el ámbito de la viviendas y otras construcciones, aisladas o conectadas a la red de distribución, ubicadas dentro del término municipal de Villa de Mazo.
Para más información sobre el objeto, consulta el resuelvo 1ª de la convocatoria.
Entidades beneficiarias
- Personas físicas o jurídicas propietarios de viviendas u otras construcciones que pretendan realizar las actuaciones recogidas en la presente convocatoria, cuyas viviendas o construcciones en las que se plantean las instalaciones subvencionables se hallen en el municipio de Villa de Mazo y que reúnan los requisitos exigidos para potencias iguales o inferiores a 10 kW.
Para más información sobre las entidades beneficiarias, consulta el resuelvo 5º y 6º de la convocatoria.
Actuaciones subvencionables
Las inversiones en instalaciones de generación de energía eléctrica fotovoltaica para autoconsumo, que únicamente podrán incluir:
- Elementos generadores.
- Sistemas de anclaje y sujeción.
- Inversores.
- Cableado y protecciones
- Canalizaciones a efectos de la instalación
- Baterías
- Trabajos de ingeniería y/o legalización, que no podrán exceder del 10% del coste total de la instalación.
NOTA: Las actuaciones subvencionables deben estar ejecutadas entre el 1 de enero de 2025 y el 31 de octubre de 2025
Para más información sobre las actuaciones y gastos subvencionables, consulta el resuelvo 9º de la convocatoria.
Cuantías
- Cuantía total de la convocatoria: 25.000 €
- Cuantía máxima por solicitud: El importe de la ayuda a conceder será del 75% de los gastos subvencionables, hasta agotar el crédito disponible de la convocatoria y no pudiendo ningún beneficiario obtener una subvención superior a 2.500 euros. La inversión subvencionable no podrá ser inferior a 2.500 euros.
Para más información sobre cuantías, consulta el resuelvo 14º de la convocatoria.
Plazo y presentación
Fin: 25 de Julio de 2025
Presentación:
Telemática: aquí
Presencial: En el registro del propio Ayuntamiento de Mazo situado en Plaza Pedro Pérez Díaz, nº1, 38730, o en las formas previstas en el art. 16.4 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común.
Documentación: cada solicitud de ayuda deberá presentarse con la documentación que se indica en el resuelvo 13º de la convocatoria.
Para más información sobre plazo y presentación, consulta el resuelvo 11º de la convocatoria.
Documentos de interés
Accede a los documentos de la convocatoria, a través de los siguientes enlaces:
Más información
Accede a más información, a través de los siguientes enlaces:
Para cualquier duda o aclaración, puede dirigirse al Registro General del Ayuntamiento de Mazo situado en la Plaza Pedro Pérez Díaz, nº 1, 38730 o a través del gabinete técnico del propio Ayuntamiento en el teléfono 922 440 003, ext 2.



