Información sobre la subvención
Objeto
Convocar, en régimen de concurrencia competitiva, subvenciones para el 2026, destinadas a infraestructuras de investigación y equipamiento científico-técnico.
La actuación a subvencionar consiste en la construcción, ampliación o mejora, renovación o remodelación, y reemplazo de infraestructuras de investigación, así como de equipamiento científico-técnico, de la Comunidad Autónoma de Canarias, que cumplan los requisitos recogidos en la base reguladora 4.
Para más información sobre el objeto y la finalidad, consulta el resuelvo segundo de la convocatoria.
Entidades beneficiarias
- Organismos públicos de investigación de la Administración General del Estado, definidos en el artículo 47 de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación.
- Universidades públicas y sus institutos universitarios, de acuerdo con lo previsto en la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario.
- Centros Tecnológicos y de Investigación, Parques Científicos y Tecnológicos e Infraestructuras Científicas y Técnicas Singulares.
Para más información sobre las entidades beneficiarias, consulta el resuelvo tercero de la convocatoria. Para más información sobre los requisitos y las obligaciones, consulta la base 2 y 3 de las bases reguladoras.
Actuaciones subvencionables
Serán subvencionables las operaciones que consistan en la construcción, ampliación o mejora, renovación o remodelación, y reemplazo de infraestructuras de investigación, así como de equipamiento científico-técnico, de la Comunidad Autónoma de Canarias, que cumplan los requisitos recogidos en la base reguladora 4.
- Infraestructura de investigación: las instalaciones, los recursos y los servicios afines utilizados por la comunidad científica para llevar a cabo investigaciones en su sector respectivo; esta definición abarca los bienes de equipo o instrumental científico, los recursos basados en el conocimiento, como colecciones, archivos o información científica estructurada, infraestructuras de carácter instrumental basadas en tecnologías de la información y la comunicación, o cualquier otra entidad de carácter único necesaria para llevar a cabo la investigación.
- Equipamiento científico-técnico: conjunto de medios físicos (equipos o instrumentos) con autonomía para su funcionamiento, necesarios para la realización de actividades de I+D incluyendo los accesorios o aparatos auxiliares que se requieran para que sea plenamente funcional. Podrá consistir en un único equipo o instrumento, o bien en un conjunto de equipos e instrumentos para la dotación de un espacio único. Se considera, asimismo, dentro de esta definición una instalación que en sí misma tenga funcionalidades equiparables a un equipo o instrumento y constituya el medio físico necesario para el desarrollo de actividades concretas de I+D+i.
Los ámbitos prioritarios que constan identificados en la Estrategia de Especialización Inteligente (RIS3
ampliada) son los siguientes:
- Turismo digital y sostenible
- Salud y bienestar
- Industria de la economía azul
- Industria de astrofísica, espacio y aeronáutica.
- Industrias emergentes: Microelectrónica y semiconductores.
Para más información sobre actuaciones y operaciones subvencionables, consulta el resuelvo quinto de la convocatoria la base reguladora 4 y 5, respectivamente.
Cuantías
- Cuantía total de la convocatoria: 2.000.000 €
- La intensidad de la ayuda será del 100 % del gasto total elegible. El límite mínimo y máximo de la subvención a conceder por proyecto será de 300.000 y 1.000.000 €, respectivamente.
Para más información sobre las cuantías, consulta el resuelvo sexto y séptimo de la convocatoria.
Plazo y presentación
Para más información sobre presentación de solicitudes, consulta la base reguladora 13.
Documentos de interés
Accede a los documentos de la convocatoria a través de este enlace:
Más información
Para cualquier duda sobre las bases o sobre la tramitación de solicitudes puede contactar directamente con la Consejería de Universidades, Ciencia e Innovación y Cultura del Gobierno de Canarias pinchando aquí.
IMPORTANTE: Para que la consulta llegue al departamento correspondiente recuerde indicar en el apartado “procedimiento” el trámite 10294.



