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Bonificaciones municipales

Vehículos híbridos, de motor y/o de emisiones nulas

Un descuento en el impuesto obligatorio que las personas titulares de vehículos a motor deben pagar a su Ayuntamiento para circular por la vía pública.

Consulta la información publicada por la administración aquí.

Objeto

Aplicar un descuento (bonificación) en la cuota del impuesto del IVTM (rodaje) a los vehículos híbridos (motor eléctrico-gasolina, eléctrico-diésel, o eléctrico-gas) que estén homologados de fábrica, incorporando dispositivos catalizadores, adecuados a su clase y modelo, que minimicen las emisiones contaminantes.

Descuento aplicable

El 75% de la cuota del impuesto.

Duración

Indeterminada.

Solicitud y requisitos

  • Debe ser solicitado por la persona interesada.
  • Se aplicará en el mismo ejercicio en el que se solicite, siempre que se presente la solicitud con anterioridad a la adquisición de firmeza de la deuda que corresponda o, en todo caso, antes de que transcurra un mes contado a partir del día siguiente a la fecha de obligatoria presentación de la autoliquidación, de notificación de la liquidación, o de la finalización de la exposición pública del correspondiente padrón fiscal.
  • No obstante, la Administración podrá declarar de oficio su aplicación para vehículos con una determinada antigüedad mínima, mediante la aplicación de criterios genéricos de matriculación.

Nueva subvención
para vehículos eléctricos

Convocatoria para la concesión directa de ayudas a la adquisición en España de vehículos eléctricos y electrificados año 2026 para Linea 1.

Inicio: 04 de agosto de 2026
Fin: 31 de diciembre 2026